Trabajito que me ha costado ... Al final, no he podido ponerlo como una imagen sino directamente como una tabla y no ha salido como yo quería. Las letras no se ven bien en principio, pero si se hace zoom en el navegador, al menos la información se podrá leer bien.
ART. 149 CE
(COMPETENCIAS EXCLUSIVAS DEL ESTADO)
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TIPO COMPETENCIA (Tit.
II)
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1ª Regulación de las
condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el
ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes
constitucionales.
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EXCLUSIVA DEL ESTADO
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2ª Nacionalidad,
inmigración, emigración, extranjería y derecho de asilo.
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62 (Inmigración)
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3ª Relaciones
internacionales.
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Capítulo 3, 4, 5 del
Título IX
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4ª Defensa y Fuerzas
Armadas.
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EXCLUSIVA DEL ESTADO
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5ª Administración de
Justicia.
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Ver capítulo 3,
Título V EA
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6ª Legislación
mercantil, penal y penitenciaria; legislación procesal, sin perjuicio de las
necesarias especialidades que en este orden se deriven de las
particularidades del derecho sustantivo de las Comunidades Autónomas.
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67 (Seguridad y penitenciaria). Son
EJECUTIVAS.
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7ª Legislación
laboral; sin perjuicio de su ejecución por los órganos de las Comunidades
Autónomas.
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Art. 63. (Empleo,
relaciones laborales y SS) CA sólo ejecuta.
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8ª Legislación civil,
sin perjuicio de la conservación, modificación y desarrollo por las
Comunidades Autónomas de los derechos civiles, forales o especiales, allí
donde existan. En todo caso, las reglas relativas a la aplicación y
eficacia de las normas jurídicas, relaciones jurídico-civiles relativas a las
formas de matrimonio, ordenación de los registros e instrumentos públicos,
bases de las obligaciones contractuales, normas para resolver los conflictos
de leyes y determinación de las fuentes del Derecho, con respeto, en este
último caso, a las normas de derecho foral o especial.
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EXCLUSIVA ESTADO
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9ª Legislación sobre
propiedad intelectual e industrial.
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58.4. 3ª EJECUTIVA
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10ª Régimen aduanero
y arancelario; comercio exterior.
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EXCLUSIVA DEL ESTADO
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11ª Sistema
monetario: divisas, cambio y convertibilidad; bases de la ordenación de
crédito, banca y seguros.
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75 EXCLUSIVA JA para
cajas de ahorro con domicilio en Andalucía, la regulación de su organización.
COMPARTIDA con principios, reglas y
estándares mínimos. COMPARTIDA sobre disciplina, control y sanción. etc …
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12ª Legislación sobre
pesas y medidas, determinación de la hora oficial.
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EXCLUSIVA DEL ESTADO
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13ª Bases y
coordinación de la planificación general de la actividad económica.
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58 EXCLUSIVA en gral
para JA excp ejecutivas en algunos casos.
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14ª Hacienda general
y Deuda del Estado.
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EXCLUSIVA DEL ESTADO
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15ª Fomento y
coordinación general de la investigación científica y técnica.
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54 EXCLUSIVA de JA
para las instalaciones en Andalucía. COMPARTIDA sobre coordinación de centros
y estructuras de investigación en Andalucía.
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16ª Sanidad exterior.
Bases y coordinación general de la sanidad. Legislación sobre productos
farmacéuticos.
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55 EXCLUSIVA JA para
organización y gestión centros sanitarios. Investigación sin perj de coordx
gral con Estado en esta materia. COMPARTIDA en sanidad interior y EJECUTIVA
para productos farmaceúticos.
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17ª Legislación
básica y régimen económico de la Seguridad Social, sin perjuicio de la
ejecución de sus servicios por las Comunidades Autónomas.
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63.3 EA, Andalucía
tiene competencia EJECUTIVA sobre esto.
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18ª Las bases del
régimen jurídico de las Administraciones públicas y del régimen estatutario
de sus funcionarios que, en todo caso, garantizarán a los administrados un
tratamiento común ante ellas; el procedimiento administrativo común, sin
perjuicio de las especialidades derivadas de la organización propia de las
Comunidades Autónomas; legislación sobre expropiación forzosa; legislación
básica sobre contratos y concesiones administrativas y el sistema de
responsabilidad de todas las Administraciones públicas.
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47 (AAPP andaluzas).
EXCLUSIVA, COMPARTIDA o EJECUTIVA según los casos. Art. 60 EXCLUSIVA
respetando CE 149.1.18ª en régimen local.
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19ª Pesca marítima,
sin perjuicio de las competencias que en la ordenación del sector se
atribuyan a las Comunidades Autónomas.
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48 EXCLUSIVA en
ordenación sector pesquero. EXCLUSIVA también en pesca marítima y deportiva
de aguas interiores.
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20ª Marina mercante y
abanderamiento de buques; iluminación de costas y señales marítimas; puertos
de interés general (Puertos del Estado); aeropuertos de interés general;
control del espacio aéreo, tránsito y transporte aéreo [AENA], servicio
meteorológico [AEMET] y matriculación de aeronaves.
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64.1.5ª (Transportes
y comunicaciones) Puertos y aeropuertos deportivos o que no sean de interés
gral. 64.2.1ª EJECUCIÓN Puertos y aeropuertos de interés gral.
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21ª Ferrocarriles y
transportes terrestres que transcurran por el territorio de más de una
Comunidad Autónoma; régimen general de comunicaciones; tráfico y circulación
de vehículos a motor; correos y telecomunicaciones; cables aéreos, submarinos
y radiocomunicación.
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(Transportes y
comunicaciones) 64. 1.1ª y 3º COMPETENCIA EXCLUSIVA pero sólo si es
íntegramente en territorio andaluz.
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22ª La legislación,
ordenación y concesión de recursos y aprovechamientos hidráulicos cuando las
aguas discurran por más de una Comunidad Autónoma, y la autorización de las
instalaciones eléctricas cuando su aprovechamiento afecte a otra Comunidad o
el transporte de energía salga de su ámbito territorial.
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50 (Aguas) EXCLUSIVA
para aprovechamientos hídricos que transcurren íntegros en Andalucía.
PARTICIPACIÓN en aprovechamientos intercomunitarios y EJECUTIVA para medidas
adicionales protección y saneamiento.
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23ª Legislación
básica sobre protección del medio ambiente, sin perjuicio de las facultades
de las Comunidades Autónomas de establecer normas adicionales de protección.
La legislación básica sobre montes, aprovechamientos forestales y vías
pecuarias.
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57. Medio ambiente,
espacios protegidos y sostenibilidad. EXCLUSIVA de la JA sin perjuicio. EXCLUSIVA
en materia de caza y pesca. COMPARTIDA para establecimiento y regulación de
instrumentos de planificación ambiental.
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24ª Obras públicas de
interés general o cuya realización afecte a más de una Comunidad Autónoma.
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EXCLUSIVA DEL ESTADO
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25ª Bases de régimen
minero y energético.
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49 COMPARTIDA sobre Instalaciones energía y autorización
de las mismas. EXCLUSIVA de energía y minas sin perjuicio de 25ª. Regulación
producción, depósito y transporte. Inspección y control.
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26ª Régimen de
producción, comercio, tenencia y uso de armas y explosivos.
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EXCLUSIVA DEL ESTADO
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27ª Normas básicas
del régimen de prensa, radio y televisión y, en general, de todos los medios
de comunicación social, sin perjuicio de las facultades que en su desarrollo
y ejecución correspondan a las Comunidades Autónomas.
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69 EXCLUSIVA para servicio comunicación
público de Andalucía (RTVA) y de ámbito local. Desarrollo legislativo y ejecución sobre
(otros) medios de comunicación social. COMPARTIDA sobre ordenación,
regulación y control de servicios de comunicaciones en Andalucía.
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28ª Defensa del
patrimonio cultural, artístico y monumental español contra la exportación y
la expoliación; museos, bibliotecas y archivos de titularidad estatal, sin
perjuicio de su gestión por parte de las Comunidades Autónomas.
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68 EXCLUSIVA JA para
actividades culturales en territorio andaluz También en conocimiento y
difusión del FLAMENCO.
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29ª Seguridad
pública, sin perjuicio de la posibilidad de creación de policías por las
Comunidades Autónomas en la forma que se establezca en los respectivos
Estatutos en el marco de lo que disponga una ley orgánica.
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65 (Creación policía
autonómica), 66 (EXCLUSIVA para protección civil e incendios. EJECUCIÓN en
salvamento marítimo litoral andaluz y seguridad nuclear. 66 EJECUCIÓN en
seguridad privada y penitenciaria.
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30ª Regulación de las
condiciones de obtención, expedición y homologación de títulos académicos y
profesionales y normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la
Constitución, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los
poderes públicos en esta materia.
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53.3 (Universidades).
EJECUTIVA para la JA.
52 también está algo
relacionado.
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31ª Estadística para
fines estatales.
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76.3 EXCLUSIVA JA
para fines propios. Colaborará en estadísticas supraautonómicas.
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32ª Autorización para
la convocatoria de consultas populares por vía de referéndum. (Gobierno catalán se lo quiere pasar por …)
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78 EXCLUSIVA JA para
encuestas, audiencias, foros, EXCEPTO referéndum.
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